Contrato de compraventa de coche sin garantía entre particulares: qué significa y qué incluir
Última actualización: 28/10/2026.
“Se vende tal cual, sin garantía.” Es una frase habitual en los anuncios de coches de segunda mano entre particulares, pero ¿qué valor tiene realmente? Te explicamos qué responsabilidad tiene un vendedor particular, cuándo puede limitarse y qué debe recoger el contrato para que comprador y vendedor sepan a qué atenerse.
Aviso: este artículo es información general y no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Cada caso puede tener particularidades (normativa autonómica, situación personal, cambios legislativos). Si tu situación es compleja o hay mucho dinero en juego, consulta con un abogado o gestor.
Garantía y vicios ocultos: no son lo mismo
| Vendedor profesional (concesionario, compraventa) | Vendedor particular | |
|---|---|---|
| Garantía legal de consumo | Sí, obligatoria (normativa de consumidores) | No aplica |
| Responsabilidad por vicios ocultos | — | Sí, según el Código Civil |
| ¿Puede excluirse por contrato? | No la garantía legal | Puede pactarse, salvo mala fe del vendedor |
Entre particulares no hay “garantía” en sentido comercial. Lo que existe es el saneamiento por vicios ocultos del Código Civil. El artículo 1484 CC obliga al vendedor a responder de los defectos ocultos que hagan la cosa impropia para su uso, o que disminuyan ese uso de tal modo que el comprador no la habría comprado, o habría pagado menos, de haberlos conocido. No responde de los defectos manifiestos o «que estuvieren a la vista». Según el artículo 1486 CC, el comprador puede elegir entre desistir del contrato (con abono de gastos) o una rebaja proporcional del precio; si el vendedor conocía el defecto y no lo dijo, además puede haber indemnización de daños y perjuicios. Y el artículo 1490 CC fija que estas acciones se extinguen a los seis meses desde la entrega.
Qué es (y qué no es) un vicio oculto
- Sí podría serlo: una avería interna del motor o de la caja de cambios que ya existía y no podía detectarse en una revisión normal.
- No lo es: un faro roto visible, el desgaste normal por kilometraje o una avería que aparece después de la entrega.
¿Se puede vender “sin garantía”? Requisitos
El Código Civil permite pactar que el vendedor no responda de los vicios ocultos, pero solo en un caso: el artículo 1485 CC establece que el vendedor responde de los vicios ocultos «aunque los ignorase», salvo que «se haya estipulado lo contrario, y el vendedor ignorara los vicios o defectos ocultos». Es decir, la cláusula no protege al vendedor que conocía el defecto. En la práctica, para que el pacto tenga sentido:
- Ambas partes son particulares. Si quien vende es un profesional, no puede eludir la garantía legal.
- La cláusula consta por escrito en el contrato, firmada por los dos.
- El vendedor actúa de buena fe: informa de los defectos que conoce y no los oculta.
- El comprador ha podido revisar el vehículo (o llevarlo a un mecánico) y lo hace constar.
Ejemplo orientativo de cláusula
“El comprador declara haber examinado el vehículo y conocer su estado, antigüedad y kilometraje, y lo acepta en las condiciones en que se encuentra. Ambas partes pactan que el vendedor no responderá de los defectos que pudieran manifestarse tras la entrega, salvo aquellos que el vendedor conociera y no hubiera comunicado al comprador. El vendedor declara como defectos conocidos los siguientes: [describir o indicar ‘ninguno’].”
Es un texto de ejemplo, no una redacción adaptada a tu caso. La parte más útil es la última frase: listar los defectos conocidos protege a las dos partes.
Qué más debe incluir el contrato
La DGT ofrece un modelo de contrato tipo y explica en su guía para vendedores los datos básicos. Lista completa recomendada:
- Datos de vendedor y comprador (nombre, DNI/NIE, domicilio).
- Vehículo: marca, modelo, matrícula, número de bastidor y kilómetros.
- Precio, forma de pago y confirmación del cobro.
- Fecha y hora exactas de la firma y de la entrega (clave para multas posteriores).
- Declaración de que no hay cargas, embargos ni reserva de dominio; si el coche estuvo financiado, la DGT recuerda que puede haber una reserva de dominio inscrita que impida la transferencia.
- Estado de la ITV y del seguro.
- Defectos conocidos y la cláusula sobre vicios ocultos.
- Firma de ambos en todas las hojas, como indica la DGT.
Después de firmar: los trámites
| Quién | Qué | Plazo / fuente |
|---|---|---|
| Comprador | Liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620 o 621, según la comunidad autónoma) | Antes de la transferencia (DGT) |
| Comprador | Solicitar el cambio de titularidad | Máximo 30 días desde el contrato (DGT) |
| Vendedor | Notificar la venta a la DGT | Nada más vender, para no responder de sanciones posteriores (DGT) |
Tres casos prácticos
Caso 1. Ruido en la caja de cambios declarado. Ana vende su coche de 2012 y escribe en el contrato: «ruido en la caja de cambios al pasar de 2.ª a 3.ª; el precio lo tiene en cuenta». Si dos meses después la caja falla, será difícil que el comprador lo presente como vicio oculto: estaba declarado.
Caso 2. Avería que el vendedor conocía y calló. Luis sabe que la junta de culata pierde y lo oculta, aunque el contrato diga «sin garantía». Según el artículo 1485 CC, el pacto de exclusión solo funciona si el vendedor ignoraba el defecto; el artículo 1486 prevé además indemnización si lo conocía y no lo manifestó.
Caso 3. Defecto visible. El parachoques está rajado y se ve en las fotos del anuncio. No es un vicio oculto: el artículo 1484 excluye los defectos «que estuvieren a la vista».
Son ejemplos simplificados con fines divulgativos; cada caso real depende de sus pruebas y circunstancias.
Errores frecuentes al vender un coche entre particulares
| Error | Por qué es un problema | Cómo evitarlo |
|---|---|---|
| No poner la hora de entrega | Multas o accidentes posteriores pueden atribuirse al vendedor | Fecha y hora exactas en el contrato |
| No notificar la venta a la DGT | El vendedor puede seguir respondiendo de sanciones hasta la transferencia | Notificar la venta en cuanto se firma (DGT) |
| Escribir solo «sin garantía» sin describir el estado | No aclara qué conocía el comprador | Listar defectos conocidos y que el comprador declare haber revisado el coche |
| Cobrar en efectivo sin justificante | Difícil probar el pago | Transferencia o recibo firmado en el propio contrato |
| No comprobar cargas o reserva de dominio | La transferencia puede bloquearse | Pedir el informe del vehículo a la DGT antes de firmar |
| Firmar solo la última página | La DGT pide firma en todas las hojas | Rubricar cada hoja, ambas partes |
Si el coche está averiado
Vender un coche con una avería conocida es perfectamente posible: descríbela en el contrato (“embrague con desgaste, ruido en caja de cambios al pasar de 2.ª a 3.ª”) y refleja que el precio la tiene en cuenta. Así el comprador no podrá alegar después que era un vicio oculto.
Crea tu contrato con Contratinsta
El contrato de compraventa de vehículo de Contratinsta incluye fecha y hora de entrega, kilometraje, defectos conocidos y la cláusula sobre vicios ocultos, con tus datos. Sirve para coches y motos entre particulares.
Crear mi contrato de compraventa de vehículo →
Preguntas frecuentes
¿Es válido vender un coche “sin garantía” entre particulares?
Entre particulares no existe la garantía comercial obligatoria de los profesionales, pero sí la responsabilidad del vendedor por vicios ocultos del Código Civil. Puede pactarse limitarla, aunque esa cláusula no protege al vendedor que conocía el defecto y lo ocultó.
¿Cuánto tiempo tiene el comprador para reclamar vicios ocultos?
El artículo 1490 del Código Civil establece que las acciones por vicios ocultos se extinguen a los seis meses desde la entrega de la cosa vendida. Si surge un conflicto, conviene consultar a un profesional.
¿Qué pasa si compro un coche sin contrato de compraventa?
Sin contrato es más difícil acreditar el precio, la fecha y la hora de entrega o el estado del vehículo, y la DGT pide documentar la operación para la transferencia. Es recomendable firmar siempre un contrato.
¿Cómo se rellena un contrato de compraventa de coche?
Con los datos de ambas partes, marca, modelo, matrícula, bastidor y kilómetros, precio y forma de pago, fecha y hora de entrega, cargas, ITV y defectos conocidos. Ambas partes firman cada hoja, como indica la DGT.
¿Es obligatorio hacer un contrato para vender un coche?
La DGT recomienda formalizar un contrato firmado en todas sus hojas por comprador y vendedor, con la fecha y la hora, y se necesita documentación de la operación para la transferencia.
¿Qué plazo hay para hacer la transferencia en la DGT?
Según la sede electrónica de la DGT, el comprador debe solicitar el cambio de titularidad en un plazo máximo de 30 días desde la firma del contrato, y el vendedor debería notificar la venta nada más hacerla.
¿Sirve lo mismo para vender una moto?
Sí, el planteamiento sobre vicios ocultos y el trámite de transferencia en la DGT es el mismo para motos y otros vehículos matriculados.